👨🏻‍🦳 Miles de hombres ya lo han conseguido. Tú también puedes hacerlo.🧔🏻‍♂️

Reclamar complemento por brecha de género

|Te corresponden 35,90 € por hijo al mes|

Si eres hombre y percibes una pensión de jubilación, incapacidad permanente o viudedad reconocida después de enero de 2021 puedes reclamar que te abonen el complemento de pensión por hijos con carácter retroactivo. Te ayudamos a gestionarlo de forma sencilla y segura.

¿Cómo reclamar complemento por brecha de género?

Realiza tu reclamación 100% online, sin complicaciones

Fase extrajudicial

Rellena el formulario

Completa el formulario para que podamos estudiar la viabilidad de tu reclamación

Envío de documentos y firma

Una vez hayamos recibido la información y los documentos necesarios, te mandaremos una propuesta para tu aprobación

Reclamación extrajudicial​

Tras recibir tu confirmación, iniciaremos el procedimiento administrativo ante la Seguridad Social, solicitando el complemento con carácter retroactivo

Fase judicial

Demanda​

En el caso de no resolver a nuestro favor, iniciaremos el procedimiento judicial.

Juicio y sentencia

Una vez llegada la fecha del juicio, defenderemos tu caso para obtener una sentencia favorable

Indemnización​

Si ganamos, recibirás tu indemnización menos nuestros honorarios

Preguntas frecuentes sobre las reclamaciones de complemento por brecha de género

¿Qué es el complemento por brecha de género?

Es un complemento económico mensual que se añade a la pensión contributiva (de jubilación, incapacidad permanente o viudedad) para compensar el perjuicio que puede haber supuesto la crianza de hijos en la carrera laboral del progenitor.
Aunque nació con el objetivo de reducir la desigualdad entre hombres y mujeres, los tribunales han reconocido que también los hombres pueden cobrarlo si cumplen los mismos requisitos.

 

¿Desde cuándo pueden los hombres solicitarlo?

Desde el 4 de febrero de 2021, fecha de entrada en vigor del Real Decreto-ley 3/2021, los hombres con una pensión contributiva aprobada a partir de ese día pueden solicitarlo en igualdad de condiciones que las mujeres.

¿Por qué a muchos hombres se lo han denegado?

Durante los primeros años de aplicación, el INSS exigía a los hombres requisitos adicionales, como demostrar que habían interrumpido su carrera profesional por el cuidado de los hijos.
Sin embargo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y el Tribunal Supremo español han declarado que eso constituye discriminación por razón de sexo, y han abierto la puerta a reclamarlo sin limitaciones ni condiciones extra.

¿Qué hombres tienen derecho al complemento?

Tienen derecho los hombres que:

  • Tengan uno o más hijos (biológicos o adoptados).

  • Cobren una pensión contributiva reconocida desde el 4 de febrero de 2021 (jubilación, incapacidad permanente o viudedad).

  • No hayan recibido el complemento en el momento de la resolución de su pensión.

¿Cuál es la cuantía que puedo recibir?

En 2025, el complemento es de 35,90 € mensuales por cada hijo, hasta un máximo de cuatro hijos.
Se abona junto con la pensión y no se descuenta ni afecta al límite máximo de pensiones.
Por ejemplo, un padre con tres hijos recibiría 107,70 € al mes adicionales, unos 1.500 € más al año.

¿Se puede reclamar si el INSS lo denegó?

Sí.
Si tu pensión se reconoció desde febrero de 2021 y el complemento fue rechazado por ser hombre o por no cumplir los antiguos requisitos, puedes reclamarlo judicialmente.
Existen numerosas sentencias que ya lo han concedido, incluso con efecto retroactivo, recuperando los atrasos desde la fecha de la pensión.

¿Qué pasos debo seguir para reclamarlo?
  • Presentar una solicitud de revisión ante el INSS pidiendo la aplicación del complemento conforme al art. 60 LGSS y la jurisprudencia del TJUE.
  • Si la Seguridad Social lo vuelve a denegar, presentar una reclamación previa.
  • En caso de nueva negativa, interponer demanda ante el Juzgado de lo Social, donde ya existen numerosas resoluciones favorables a los hombres.

(En esmiderecho.es gestionamos todo el proceso de reclamación administrativa y judicial.)

¿Qué documentación necesito?
  • DNI o NIE.

  • Libro de familia o certificados de nacimiento/adopción.

  • Resolución de reconocimiento de la pensión contributiva.

  • Cualquier documento que acredite la fecha de inicio de la pensión y el número de hijos.

¿Desde cuándo se cobra si me lo conceden?

Normalmente se reconoce desde la fecha de inicio de la pensión, por lo que es posible cobrar los atrasos acumulados desde entonces, junto con los intereses legales correspondientes.

¿Por qué es importante reclamarlo?

Porque se trata de un derecho reconocido judicialmente que el INSS sigue negando de forma automática a muchos hombres.
Reclamarlo no solo puede suponer miles de euros de diferencia en tu pensión, sino que también contribuye a eliminar una discriminación injusta que la propia Unión Europea ha condenado.

Nosotros nos encargamos

Realizamos todo el trámite para que no tengas que preocuparte

Nuestra tarifa

Sin sorpresas

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de la cantidad total

  • En caso de ganar la reclamación con costas judiciales, habrá que incluir esa cantidad en nuestros honorarios.

(20% + IVA) + Costas judiciales.

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