📄 Tus noches y festivos también cuentan. ¡Reclama lo que te deben! ⚖️

Reclamar pluses empleados públicos

Si eres empleado público y trabajas a turnos y esos turnos incluyen noches o festivos dentro de la jornada ordinaria. Los complementos asociados forman parte del salario y deben pagarse también durante las vacaciones, los permisos retribuidos y las bajas médicas. ¡Te ayudamos a reclamar!

¿Cómo reclamar complemento por brecha de género?

Realiza tu reclamación 100% online, sin complicaciones

Fase extrajudicial

Rellena el formulario

Completa el formulario para que podamos estudiar la viabilidad de tu reclamación

Envío de documentos y firma

Una vez hayamos recibido la información y los documentos necesarios, te mandaremos una propuesta para tu aprobación

Reclamación extrajudicial​

Tras recibir tu confirmación, iniciaremos el procedimiento administrativo ante la Administración competente, solicitando el abono de los pluses no percibidos

Fase judicial

Demanda​

En el caso de no resolver a nuestro favor, iniciaremos el procedimiento judicial.

Juicio y sentencia

Una vez llegada la fecha del juicio, defenderemos tu caso para obtener una sentencia favorable

Indemnización​

Si ganamos, recibirás tu indemnización menos nuestros honorarios

Preguntas frecuentes sobre reclamar el pago pluses en vacaciones, permisos y bajas

¿Quién puede reclamar?

Cualquier empleado público que cobre habitualmente pluses de nocturnidad, festivos y/o turnicidad integrados en su jornada y no los haya percibido durante vacaciones, permisos retribuidos o periodos de incapacidad temporal.

¿Qué sectores se ven especialmente afectados por este derecho?

Servicios públicos con funcionamiento 24/7 o régimen de turnos (seguridad, sanidad, emergencias, protección civil, servicios residenciales, mantenimiento, etc). El criterio no depende del cuerpo, sino de la habitualidad del turno.

¿Puedo reclamar los pluses que no me han pagado durante mis vacaciones o bajas?

Sí, puedes. Si cobras de forma habitual complementos por nocturnidad, turnicidad o festivos, tienes derecho a que también se te abonen durante tus vacaciones, permisos retribuidos o periodos de incapacidad temporal.
Los tribunales han reconocido que estos pluses forman parte del salario ordinario y deben incluirse en esos periodos.

¿Qué puedo recuperar exactamente con esta reclamación?

Puedes recuperar todas las cantidades dejadas de percibir, más los intereses legales. En muchos casos, hablamos de varios miles de euros, dependiendo de tu antigüedad y de los años en los que no te pagaron los pluses correctamente.riodos.

¿Hasta cuántos años atrás puedo reclamar?

Normalmente, hasta cuatro años hacia atrás, según el plazo general de prescripción en el ámbito público.
En esmiderecho.es te ayudamos a interrumpir la prescripción desde el primer escrito, para que no pierdas ni un solo mes de atrasos.

¿Qué documentación tengo que aportar?

Solo necesitamos:

  • Tus nóminas (meses ordinarios y meses de vacaciones o baja).

  • Tus cuadrantes o planillas de turnos donde consten noches y festivos.

  • Si la tienes, la resolución o convenio que regula tu puesto.

Con eso elaboramos un informe comparativo y calculamos la cantidad que podrías recuperar.

¿Cuánto cuesta reclamar?

Trabajamos a éxito. Lo que significa que solo cobramos si logramos ganar tu reclamación.
Sin pagos por adelantado. 

 

¿Cuánto puede tardar el proceso?

Depende de la Administración y del volumen de casos, pero una vez presentamos tu reclamación, frenamos la prescripción y aseguramos que no pierdas derechos.
En muchos casos, la fase administrativa puede resolverse en unos meses; si es necesario acudir a los tribunales, te informamos del calendario previsto.

¿Puedo tener problemas con mi Administración por reclamar?

No. Reclamamos un derecho reconocido por el Tribunal Supremo y no existe ningún riesgo disciplinario ni sanción.
Miles de empleados públicos ya lo han hecho con éxito. Nosotros te acompañamos y protegemos legalmente durante todo el proceso.

¿Cómo puedo iniciar mi reclamación con vosotros?

Muy sencillo. Solo tienes que rellenar nuestro formulario de contacto, adjuntar tus nóminas y cuadrantes, y en menos de 48 horas laborables te daremos una respuesta personalizada con el importe estimado y los pasos a seguir para recuperar tu dinero.

Nosotros nos encargamos

Realizamos todo el trámite para que no tengas que preocuparte

Nuestra tarifa

Sin sorpresas

20%

+IVA

de la cantidad total

  • En caso de ganar la reclamación con costas judiciales, habrá que incluir esa cantidad en nuestros honorarios.

(20% + IVA) + Costas judiciales.

Ventajas de reclamar con

esmiderecho.es

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